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Asesoria contable en linea.Aumento en Monotributo a partir de Enero proximo
El Gobierno anunció este martes el proyecto de ley que modifica el régimen del Monotributo, que -de ser aprobado por el Congreso de la Nación- regiría a partir de enero próximo. La cuota mínima pasará a ser de $213 lo que representa un aumento del 85 por ciento.
El proyecto elaborado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a cargo de Ricardo Echegaray, también prevé importantes subas en la cuota mensual a pagar.
Respecto al aporte jubilatorio, se tomó la decisión de triplicar el pago mensual, elevando el monto de $35 a $110. En igual sentido, el monto destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.
Sumado el componente impositivo, la cuota más baja será de $213 y la más alta alcanzará los $2.880.
Actualmente, los monotributistas cancelan un pago mensual que va desde
los $115 a $587. Para acceder al texto completo del proyecto enviado al
Congreso haga click aquí.
De acuerdo a la iniciativa, el nuevo esquema a tener en cuenta por los monotributistas que presten servicios es:

Por otra parte, los valores a considerar por los pequeños contribuyentes que se desempeñen en el resto de las actividades es:

Asimismo, los pequeños contribuyentes –a partir de 2010- deberán respetar un nuevo parámetro, que les determinará el peso de la carga fiscal mensual a ingresar. De acuerdo al proyecto que será enviado al Congreso, se incorpora como elemento a tener en cuenta el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.
Hasta el momento, sólo se tienen en cuenta los ingresos brutos
anuales, la superficie afectada a la actividad y la energía eléctrica
consumida en un año. Al superar uno de estos parámetros, el
monotributista avanza hacia una categoría superior, con el consiguiente
incremento del pago mensual.
A efectos de evitar la
desactualización de los topes y de los valores a cancelar en cada mes,
el texto de la iniciativa prevé que la AFIP podrá modificar, una vez al año,
los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los
importes del impuesto a ingresar, correspondientes a cada categoría, en
una proporción que no podrá superar el índice de incremento del salario
mínimo vital y móvil o el índice de movilidad de las prestaciones
previsionales, el que sea superior.
En relación a la vigencia de
la reforma, el texto establece que el renovado régimen será
implementado a partir del primer cuatrimestre calendario completo
siguiente a la fecha de publicación de la ley en el Boletín Oficial.
Por lo tanto, la idea del Ejecutivo apunta a poner en marcha el nuevo
Monotributo a partir del 1 de enero próximo.
Particularidades
De
manera adicional, la iniciativa establece un requisito extra para las
categorías más elevadas. Con la mira puesta en promover el empleo
registrado, las empresas y particulares cuyos ingresos brutos anuales
estén entre $200.000 y $300.000 podrán permanecer en el régimen,
siempre y cuando, cumplan con una cantidad mínima de personal en
relación de dependencia:
- Hasta $235.000: 1 empleado.
- Hasta $270.000: 2 empleados.
- Hasta $300.000: 3 empleados.
Ante la reducción de personal, la exclusión no será procedente si el
pequeño contribuyente recupera la plantilla dentro del mes calendario
posterior al de haberse registrado la baja.
Por otra parte, el nuevo ordenamiento mantiene la condición que establece que no podrán ser monotributistas los contribuyentes que realicen más de tres actividades,
o que tengan más de tres unidades de explotación. Asimismo, el proyecto
prevé elevar a $2.500 el precio máximo unitario de venta de bienes
muebles permitido.
Otra novedad refiere al nuevo régimen de
exclusión automática para monotributistas. La herramienta permitirá que
la AFIP –cuando constate la infracción- inscriba de oficio a los
sujetos en el régimen general impositivo y previsional. Esto significa
una importante suba en la carga fiscal, al tener que afrontar el pago
del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias.
Una duda que
preocupa a los pequeños contribuyentes refiere a qué sucederá con los
responsables que abandonaron el régimen simplificado y que, de acuerdo
a los nuevos valores, puedan regresar al Monotributo. Julián O. Esposito,
consultor tributario, explicó la solución que prevé la iniciativa: "Se
permitiría el reingreso de los responsables, en tanto reúnan los nuevos
requisitos y condiciones previstas por la reforma, pudiendo ejercerse
dicha opción hasta la finalización del primer cuatrimestre calendario
completo posterior a la fecha de publicación de la ley".
"Por lo
tanto, estimando dicha publicación durante el tercer cuatrimestre del
presente año, el período de transición tendría lugar en los primeros
cuatro meses de 2010", concluyó Esposito.
Por último la iniciativa contempla la creación de un nuevo régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente.
Para acceder al régimen de inclusión, el responsable deberá cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser persona física mayor de 18 años.
- Desarrollar exclusivamente una actividad independiente y no poseer local o establecimiento estable.
- Que la actividad sea la única fuente de ingresos.
- No revestir el carácter de empleador.
- No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.
- No superar los $24.000 en concepto de ingresos brutos anuales.
Fuente InfobaeProfesional.
El Gobierno anunció este martes el proyecto de ley que modifica el régimen del Monotributo, que -de ser aprobado por el Congreso de la Nación- regiría a partir de enero próximo. La cuota mínima del Monotributo pasará a ser de $213 lo que representa un aumento del 85 por ciento.
El anuncio fue realizado por el ministro de Economía, Amado Boudou, y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, en una conferencia de prensa que se realizó en el Salón Carlos Tacchi del organismo tributario.